HIDROBOLETÍN FENTAP
Viernes, 12 de septiembre de 2014 – Año IX – Edición 2065 –
www.fentap.org.pe
La FENTAP informa:
- Perú - Trujillo: usuarios rechazan incremento de tarifa de agua.
- Perú - Defensoría del pueblo registró 205 conflictos sociales durante el mes de agosto. Del total, 162 se encuentran en calidad de activos y 43 en estado latente. Se reportaron 140 acciones de protesta colectiva durante el mes. Durante dicho período se registraron 6 casos nuevos.
- Perú - Andahuaylas: anuncian paro indefinido contra contaminación de río.
- Perú - ¿EIA o DIA en sísmica de hidrocarburos?: Hay que aplicar el criterio de relevancia ambiental. La real dimensión del impacto de la exploración sísmica debe clasificarse con criterios técnicos. "No se trata de pasar a través de una DIA proyectos de alto impacto, sino de aplicar el instrumento que corresponde", explica Vito Verna, del estudio Grau.
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Trujillo: usuarios rechazan incremento de tarifa de agua
http://www.rpp.com.pe/ - 11/09/2014.- Malestar
entre los usuarios de Sedalib por el incremento de la tarifa por el servicio de
agua potable y alcantarillado se manifiesta a través de llamadas telefónicas a
RPP Noticias.
Por
el Rotafono, oyentes aseguraron que la tarifa en algunos casos se cuadruplicó,
situación que perjudica gravemente su economía.
Totalmente
preocupados, los ciudadanos dijeron que están pagando por un servicio que no
consumen lo cual consideraron injusto y demandaron a los candidatos a presentar
una solución a este problema.
Como
se recuerda, desde este mes se incrementa la tarifa por el servicio de agua y
alcantarillado en las categorías social, doméstico, estatal, comercial e
industrial, según informó Sunass.
HIDROREGIONES
Defensoría del pueblo registró 205 conflictos sociales durante el
mes de agosto
Del
total, 162 se encuentran en calidad de activos y 43 en estado latente.
Se
reportaron 140 acciones de protesta colectiva durante el mes.
Durante
dicho período se registraron 6 casos nuevos.
DEFENSORÍA – 11/09/2014.- La Defensoría del Pueblo
presentó hoy el Reporte de Conflictos Sociales N° 126, correspondiente al mes
de agosto de 2014, el cual da cuenta –entre otros aspectos- que durante ese
período se registraron 205 conflictos sociales, 162 en calidad de activos y 43
en estado latente, lo que muestra una reducción respecto al mes pasado.
El panorama departamental muestra que Apurímac (23)
continúa encabezando la lista con el mayor número de conflictos sociales,
seguido de Áncash (22) y Puno (16). Un segundo grupo de departamentos está
conformado por Cusco (14) y Ayacucho, Junín y Piura, con trece (13) conflictos
cada uno. Por otro lado, Ucayali, Madre de Dios, Huánuco y Lima Metropolitana
registran un (1) solo conflicto respectivamente.
En relación a la naturaleza de los conflictos
contemplados en el Reporte N° 126, los conflictos socioambientales continúan
siendo por séptimo mes consecutivo en lo que va del año los más numerosos con
132 casos. Dentro de este tipo, la actividad minera es la más involucrada en la
conflictividad social con el 70.5% y las actividades hidrocarburíferas con el
12.9% del total de casos socioambientales. Por otro lado, los conflictos por
asuntos de gobierno local fueron 22; por demarcación territorial, 15;
comunales, 9; por asuntos de gobierno nacional, 9; laborales, 7; entre otros.
El reporte señala también que durante el mes de
agosto se presentaron seis (6) conflictos nuevos en las regiones: Áncash,
Arequipa, Cusco, Ica y Junín. También se ejecutaron 140 acciones de protesta
colectiva, 8 menos que durante el mes anterior. Asimismo, no se reportaron
acciones de violencia subversiva durante el mes.
Durante el mes anterior se resolvieron tres (3)
conflictos: en Áncash (caso de la minera California con la comunidad campesina
de Tuma), Junín (caso por demarcación territorial entre los distritos de
Chupaca y Huancayo) y Puno (cuestionamiento al alcalde de Huancané por parte de
la población).
Por otro lado, la Defensoría del Pueblo propone darle
especial atención a dos casos nuevos que se encuentran en etapa de crisis:
Áncash (pobladores del distrito de Ticapampa contra la empresa Huinac) y Junín
(oposición de la comunidad campesina de Pachachaca a la construcción de una
planta de la empresa Cal del Centro). http://www.defensoria.gob.pe/conflictos-sociales/
Andahuaylas: anuncian paro indefinido contra contaminación de río
RPP – 10/09/2014.- Regantes
de la provincia de Andahuaylas, región Apurímac, anunciaron un paro indefinido
en contra de la contaminación del río Chumbao.
De acuerdo a la
convocatoria, la medida de fuerza iniciará este 17 de setiembre, pidiendo a las
autoridades regionales y provinciales suspender la actividad de las personas y
empresas que se dedican a la extracción de la arena del río.
Según aducen los dirigentes
de las comisiones y del Comité de la Junta de Usuarios de Riego, esta actividad
constituye la depredación de la riqueza natural y la contaminación ambiental en
prejuicio de la salud de la personas y
de la producción agropecuaria.
POLÍTICA
¿EIA o DIA en sísmica de hidrocarburos?: Hay que aplicar el
criterio de relevancia ambiental
La
real dimensión del impacto de la exploración sísmica debe clasificarse con
criterios técnicos. "No se trata de pasar a través de una DIA proyectos de
alto impacto, sino de aplicar el instrumento que corresponde", explica
Vito Verna, del estudio Grau.
http://semanaeconomica.com/
- 26/08/2014.- A veces, es necesario desnudar un problema: identificar y hacer
a un lado aquellos elementos que no permiten examinar su verdadera naturaleza.
En marzo, el ministro de Energía y Minas, Eleodoro Mayorga, declaró que se
estaba evaluando cambiar el requerimiento para la exploración sísmica en lotes
petroleros de un Estudio de Impacto Ambiental detallado (EIA-d) a una
Declaración de Impacto Ambiental (DIA). La polémica que ésto generó entonces se
fue disipando poco a poco. Pero hace unos días, una filtración de correos
electrónicos entre ministros dio a entender que la empresa petrolera Karoon
Energy, propietaria de lotes en el mar del norte del Perú, había sido la
encargada de elaborar el sustento técnico para el cambio mencionado.
Ante ello, Mayorga negó las acusaciones de ‘lobby‘.
Dijo que se consultó a Karoon debido a que la empresa tenía experiencia en
exploración marítima de gran profundidad, la cual nunca se ha realizado en el
Perú. Además, no existía ninguna garantía de que el borrador del reglamento
filtrado era la versión discutida con el Ministerio del Ambiente que iba a ser
presentada para su aprobación. Sin embargo, la discusión pasó a versar sobre la
legalidad y la moralidad de le gestión de intereses, y derivó al plano
político. Conviene, al menos por un momento, hacer a un lado estas cuestiones y
preguntarnos: ¿se debe o no cambiar el EIA-d por la DIA en la sísmica de
hidrocarburos?
¿QUÉ ES LA EXPLORACIÓN SÍSMICA?
Se trata de un método geofísico de observación indirecta
de las capas de la Tierra. En palabras sencillas, son ondas sísmicas generadas
de manera artificial lanzadas hacia la corteza terrestre para medirlas,
mediante geófonos, cuando regresan. Como explica Silvia Rosas, ingeniera
geológica con doctorado en mineralogía y profesora de la PUCP, el proceso “se
basa en que las ondas sísmicas, cuando atraviesan materiales distintos, varían
la velocidad y la dirección. Entonces, se puede tener una idea de qué
materiales han atravesado de acuerdo a cómo han sido estas variaciones”.
La idea de la sísmica es localizar las rocas porosas
en las que se almacenan los hidrocarburos (petróleo o gas), pero también tiene
otros usos a pesar de su elevado costo. “Por ejemplo, en parte gracias a la
sísmica se conoce cómo es el interior de la Tierra, hasta el núcleo”, comenta
Rosas. Para generar las ondas se utilizan cargas de dinamita biodegradable, que
son enterradas a poca profundidad y detonadas de manera controlada.
En el mar, en cambio, se emplean embarcaciones con
grandes pistolas de aire que generan vibraciones que actúan como un sonar,
mientras que los geófonos son remolcados en cables. La onda sísmica generada
sólo es perceptible para quienes se ubican en el lugar del estudio, a
comparación de aquellas ondas provenientes de temblores o terremotos que, aún
cuando son similares, se registran más allá del área donde se originan debido a
su magnitud.
¿QUÉ ES UNA DIA?
“Para entenderlo hay que ir al reglamento de la Ley
del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA)”, afirma Vanessa
Chávarry, especialista en derecho ambiental y asociada senior de Payet, Rey,
Cauvi, Pérez, Mur, firma de abogados. “La norma establece que la Declaración de
Impacto Ambiental (DIA) se aplica para todo lo que genere impactos negativos
leves; el Estudio de Impacto Ambiental semidetallado (EIA-sd), para los
impactos negativos moderados; y el Estudio de Impacto Ambiental detallado
(EIA-d), para los impactos negativos significativos“, explica.
¿Cuál es el primer problema? Que la normativa
ambiental de cada sector debía adecuarse al reglamento del SEIA, como máximo,
180 días después de que fue publicado. Pero el SEIA fue publicado en septiembre
del 2009 y nadie se adecuó. En consecuencia, la DIA del Reglamento de
Protección Ambiental en Hidrocarburos del MEM -que es sectorial, pero se ha
seguido aplicando- no contempla, por ejemplo, la participación ciudadana, la
cual sí está incluida en la DIA que detalla el SEIA.
Por eso, “si pretende utilizarse la DIA para
exploración sísmica, tendría que modificarse el reglamento para incorporarle un
mecanismo de participación ciudadana, pues ahora no está contemplado ninguno”,
dice Chávarry. Y así, el nuevo reglamento de hidrocarburos del MEM, como el
resto de reglamentos sectoriales, debería adecuarse al reglamento del SEIA en
ése y otros puntos. De hacerlo, la DIA sería mucho más completa (y menos
preocupante) pues incluiría, entre otros, el plan de participación ciudadana,
medidas de mitigación, un plan de seguimiento y control, un plan de
contingencia y un plan de cierre.
¿Qué diferencias habría, entonces, entre pedir una
DIA y un EIA-d en sísmica? La DIA es un trámite ‘más expeditivo’ y sus
contenidos son menos detallados que los de los EIA (por ejemplo, la DIA no
incluye una valorización económica del impacto ambiental del proyecto). Ello no
implica que esté exenta de evaluación y fiscalización. Según el reglamento del
SEIA, una DIA debe tardar 30 días en ser aprobada, mientras que un EIA-d, 120.
En la práctica, un EIA-d toma alrededor de un año en elaborarse (imaginemos el
tiempo que toma analizar el ciclo migratorio de las especies de una zona) y un
tiempo similar en aprobarse. Por su parte, aunque se sabe que es menor, es
difícil calcular el tiempo que tomaría la elaboración de una DIA, pues hasta
ahora nunca ha sido utilizada para sísmica en el Perú.
ENTONCES, ¿CONVIENE HACER EL CAMBIO?
“La sísmica, como tecnología, puede ser tan
controlada, tan calibrada, que el efecto será nulo”, opina la ingeniera
geológica Silvia Rosas. “Con una DIA sería suficiente en el mar, en zonas
áridas e, incluso, en ciertas zonas de la selva que no son reservas
declaradas”, agrega. Descarta, además, que la sísmica cause la muerte de peces
o inhabilite el suelo para la agricultura. “Si así fuera, todos los suelos
estarían inhabilitados y los peces muertos por los terremotos”, dice.
Pero como toda actividad humana, la sísmica tiene
impactos sociales y ambientales. En el caso de la selva, para colocar las
cargas de dinamita y los geófonos se deben abrir trochas entre la vegetación;
en zonas muy cercanas a áreas pobladas, podría haber riesgo de rajadura de
viviendas frágiles; y en el mar, se cree que las ondas podrían interferir con
el apareamiento de los cetáceos del lugar. Más allá de estas consecuencias
previsibles, evitables y subsanables, los riesgos más importantes, como señala
Vanessa Cueto, especialista en inversiones de la ONG Derecho, Ambiente y
Recursos Humanos (DAR), están en los proyectos de hidrocarburos que se
superponen a las zonas de amortiguamiento de las reservas naturales o al
territorio de los pueblos no contactados.
El borrador del nuevo reglamento para hidrocarburos
incorpora la DIA para sísmica en el mar, la costa, la sierra y la selva,
excepto cuando se trata de Áreas Naturales Protegidas y cuando hay que
construir nuevos acceso a la zona, en cuyo caso corresponde un EIA-sd. Además,
en la selva se hace una excepción adicional a la DIA: cuando se trata de áreas
no disturbadas, es decir, no intervenidas previamente por el hombre, también se
requiere un EIA-sd. Sin embargo, no se habla de las zonas de riesgo planteadas
por Cueto.
SE DEBE VOLVER A PUBLICAR EL PROYECTO DEL
REGLAMENTO DE PROTECCIÓN AMBIENTAL
Regresemos al punto de partida. Si debe aplicarse el
criterio de relevancia ambiental y su aplicación se sustenta en un estudio
técnico, entonces el gran problema es la legitimidad de este estudio. Por eso,
la misma SPH ha pedido al gobierno que vuelva a pre publicar el borrador del
nuevo reglamento que norma las actividades de hidrocarburos. “No le hace bien a
un reglamento que exista un rumor de que hay ‘lobbies’ de por medio, se
perturba el instrumento claro de aplicación para todos”, dice Galup.
Todas las fuentes consultadas para este artículo
dijeron estar de acuerdo con este último punto: que la elaboración del reglamento
y su sustento debían hacerse de manera transparente y abierta a colaboración.
Por eso, no basta con desnudar el problema. Luego, es necesario volver a
vestirlo para observar toda su dimensión. Pero con la seguridad de haber
entendido su verdadera naturaleza.
“Defender el Agua es Defender la Vida”