viernes, 12 de septiembre de 2014

HIDROBOLETÍN FENTAP Viernes, 12 de septiembre de 2014 – Edición 2065



HIDROBOLETÍN FENTAP
Viernes, 12 de septiembre de 2014 – Año IX – Edición 2065 – www.fentap.org.pe

La FENTAP informa:
  • Perú - Trujillo: usuarios rechazan incremento de tarifa de agua.
  • Perú - Defensoría del pueblo registró 205 conflictos sociales durante el mes de agosto. Del total, 162 se encuentran en calidad de activos y 43 en estado latente. Se reportaron 140 acciones de protesta colectiva durante el mes. Durante dicho período se registraron 6 casos nuevos.
  • Perú - Andahuaylas: anuncian paro indefinido contra contaminación de río.
  • Perú - ¿EIA o DIA en sísmica de hidrocarburos?: Hay que aplicar el criterio de relevancia ambiental. La real dimensión del impacto de la exploración sísmica debe clasificarse con criterios técnicos. "No se trata de pasar a través de una DIA proyectos de alto impacto, sino de aplicar el instrumento que corresponde", explica Vito Verna, del estudio Grau.
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Trujillo: usuarios rechazan incremento de tarifa de agua

http://www.rpp.com.pe/ - 11/09/2014.- Malestar entre los usuarios de Sedalib por el incremento de la tarifa por el servicio de agua potable y alcantarillado se manifiesta a través de llamadas telefónicas a RPP Noticias.
Por el Rotafono, oyentes aseguraron que la tarifa en algunos casos se cuadruplicó, situación que perjudica gravemente su economía.
Totalmente preocupados, los ciudadanos dijeron que están pagando por un servicio que no consumen lo cual consideraron injusto y demandaron a los candidatos a presentar una solución a este problema.
Como se recuerda, desde este mes se incrementa la tarifa por el servicio de agua y alcantarillado en las categorías social, doméstico, estatal, comercial e industrial, según informó Sunass.

HIDROREGIONES

Defensoría del pueblo registró 205 conflictos sociales durante el mes de agosto
Del total, 162 se encuentran en calidad de activos y 43 en estado latente.

Se reportaron 140 acciones de protesta colectiva durante el mes.
Durante dicho período se registraron 6 casos nuevos.

DEFENSORÍA – 11/09/2014.- La Defensoría del Pueblo presentó hoy el Reporte de Conflictos Sociales N° 126, correspondiente al mes de agosto de 2014, el cual da cuenta –entre otros aspectos- que durante ese período se registraron 205 conflictos sociales, 162 en calidad de activos y 43 en estado latente, lo que muestra una reducción respecto al mes pasado.
El panorama departamental muestra que Apurímac (23) continúa encabezando la lista con el mayor número de conflictos sociales, seguido de Áncash (22) y Puno (16). Un segundo grupo de departamentos está conformado por Cusco (14) y Ayacucho, Junín y Piura, con trece (13) conflictos cada uno. Por otro lado, Ucayali, Madre de Dios, Huánuco y Lima Metropolitana registran un (1) solo conflicto respectivamente.
En relación a la naturaleza de los conflictos contemplados en el Reporte N° 126, los conflictos socioambientales continúan siendo por séptimo mes consecutivo en lo que va del año los más numerosos con 132 casos. Dentro de este tipo, la actividad minera es la más involucrada en la conflictividad social con el 70.5% y las actividades hidrocarburíferas con el 12.9% del total de casos socioambientales. Por otro lado, los conflictos por asuntos de gobierno local fueron 22; por demarcación territorial, 15; comunales, 9; por asuntos de gobierno nacional, 9; laborales, 7; entre otros.
El reporte señala también que durante el mes de agosto se presentaron seis (6) conflictos nuevos en las regiones: Áncash, Arequipa, Cusco, Ica y Junín. También se ejecutaron 140 acciones de protesta colectiva, 8 menos que durante el mes anterior. Asimismo, no se reportaron acciones de violencia subversiva durante el mes.
Durante el mes anterior se resolvieron tres (3) conflictos: en Áncash (caso de la minera California con la comunidad campesina de Tuma), Junín (caso por demarcación territorial entre los distritos de Chupaca y Huancayo) y Puno (cuestionamiento al alcalde de Huancané por parte de la población).
Por otro lado, la Defensoría del Pueblo propone darle especial atención a dos casos nuevos que se encuentran en etapa de crisis: Áncash (pobladores del distrito de Ticapampa contra la empresa Huinac) y Junín (oposición de la comunidad campesina de Pachachaca a la construcción de una planta de la empresa Cal del Centro). http://www.defensoria.gob.pe/conflictos-sociales/

Andahuaylas: anuncian paro indefinido contra contaminación de río

RPP – 10/09/2014.- Regantes de la provincia de Andahuaylas, región Apurímac, anunciaron un paro indefinido en contra de la contaminación del río Chumbao.
De acuerdo a la convocatoria, la medida de fuerza iniciará este 17 de setiembre, pidiendo a las autoridades regionales y provinciales suspender la actividad de las personas y empresas que se dedican a la extracción de la arena del río.
Según aducen los dirigentes de las comisiones y del Comité de la Junta de Usuarios de Riego, esta actividad constituye la depredación de la riqueza natural y la contaminación ambiental en prejuicio de la salud de la personas   y de la producción agropecuaria.



POLÍTICA

¿EIA o DIA en sísmica de hidrocarburos?: Hay que aplicar el criterio de relevancia ambiental
La real dimensión del impacto de la exploración sísmica debe clasificarse con criterios técnicos. "No se trata de pasar a través de una DIA proyectos de alto impacto, sino de aplicar el instrumento que corresponde", explica Vito Verna, del estudio Grau.

http://semanaeconomica.com/ - 26/08/2014.- A veces, es necesario desnudar un problema: identificar y hacer a un lado aquellos elementos que no permiten examinar su verdadera naturaleza. En marzo, el ministro de Energía y Minas, Eleodoro Mayorga, declaró que se estaba evaluando cambiar el requerimiento para la exploración sísmica en lotes petroleros de un Estudio de Impacto Ambiental detallado (EIA-d) a una Declaración de Impacto Ambiental (DIA). La polémica que ésto generó entonces se fue disipando poco a poco. Pero hace unos días, una filtración de correos electrónicos entre ministros dio a entender que la empresa petrolera Karoon Energy, propietaria de lotes en el mar del norte del Perú, había sido la encargada de elaborar el sustento técnico para el cambio mencionado.
Ante ello, Mayorga negó las acusaciones de ‘lobby‘. Dijo que se consultó a Karoon debido a que la empresa tenía experiencia en exploración marítima de gran profundidad, la cual nunca se ha realizado en el Perú. Además, no existía ninguna garantía de que el borrador del reglamento filtrado era la versión discutida con el Ministerio del Ambiente que iba a ser presentada para su aprobación. Sin embargo, la discusión pasó a versar sobre la legalidad y la moralidad de le gestión de intereses, y derivó al plano político. Conviene, al menos por un momento, hacer a un lado estas cuestiones y preguntarnos: ¿se debe o no cambiar el EIA-d por la DIA en la sísmica de hidrocarburos?

¿QUÉ ES LA EXPLORACIÓN SÍSMICA?

Se trata de un método geofísico de observación indirecta de las capas de la Tierra. En palabras sencillas, son ondas sísmicas generadas de manera artificial lanzadas hacia la corteza terrestre para medirlas, mediante geófonos, cuando regresan. Como explica Silvia Rosas, ingeniera geológica con doctorado en mineralogía y profesora de la PUCP, el proceso “se basa en que las ondas sísmicas, cuando atraviesan materiales distintos, varían la velocidad y la dirección. Entonces, se puede tener una idea de qué materiales han atravesado de acuerdo a cómo han sido estas variaciones”.
La idea de la sísmica es localizar las rocas porosas en las que se almacenan los hidrocarburos (petróleo o gas), pero también tiene otros usos a pesar de su elevado costo. “Por ejemplo, en parte gracias a la sísmica se conoce cómo es el interior de la Tierra, hasta el núcleo”, comenta Rosas. Para generar las ondas se utilizan cargas de dinamita biodegradable, que son enterradas a poca profundidad y detonadas de manera controlada.
En el mar, en cambio, se emplean embarcaciones con grandes pistolas de aire que generan vibraciones que actúan como un sonar, mientras que los geófonos son remolcados en cables. La onda sísmica generada sólo es perceptible para quienes se ubican en el lugar del estudio, a comparación de aquellas ondas provenientes de temblores o terremotos que, aún cuando son similares, se registran más allá del área donde se originan debido a su magnitud.

¿QUÉ ES UNA DIA?

“Para entenderlo hay que ir al reglamento de la Ley del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA)”, afirma Vanessa Chávarry, especialista en derecho ambiental y asociada senior de Payet, Rey, Cauvi, Pérez, Mur, firma de abogados. “La norma establece que la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) se aplica para todo lo que genere impactos negativos leves; el Estudio de Impacto Ambiental semidetallado (EIA-sd), para los impactos negativos moderados; y el Estudio de Impacto Ambiental detallado (EIA-d), para los impactos negativos significativos“, explica.
¿Cuál es el primer problema? Que la normativa ambiental de cada sector debía adecuarse al reglamento del SEIA, como máximo, 180 días después de que fue publicado. Pero el SEIA fue publicado en septiembre del 2009 y nadie se adecuó. En consecuencia, la DIA del Reglamento de Protección Ambiental en Hidrocarburos del MEM -que es sectorial, pero se ha seguido aplicando- no contempla, por ejemplo, la participación ciudadana, la cual sí está incluida en la DIA que detalla el SEIA.
Por eso, “si pretende utilizarse la DIA para exploración sísmica, tendría que modificarse el reglamento para incorporarle un mecanismo de participación ciudadana, pues ahora no está contemplado ninguno”, dice Chávarry. Y así, el nuevo reglamento de hidrocarburos del MEM, como el resto de reglamentos sectoriales, debería adecuarse al reglamento del SEIA en ése y otros puntos. De hacerlo, la DIA sería mucho más completa (y menos preocupante) pues incluiría, entre otros, el plan de participación ciudadana, medidas de mitigación, un plan de seguimiento y control, un plan de contingencia y un plan de cierre.
¿Qué diferencias habría, entonces, entre pedir una DIA y un EIA-d en sísmica? La DIA es un trámite ‘más expeditivo’ y sus contenidos son menos detallados que los de los EIA (por ejemplo, la DIA no incluye una valorización económica del impacto ambiental del proyecto). Ello no implica que esté exenta de evaluación y fiscalización. Según el reglamento del SEIA, una DIA debe tardar 30 días en ser aprobada, mientras que un EIA-d, 120. En la práctica, un EIA-d toma alrededor de un año en elaborarse (imaginemos el tiempo que toma analizar el ciclo migratorio de las especies de una zona) y un tiempo similar en aprobarse. Por su parte, aunque se sabe que es menor, es difícil calcular el tiempo que tomaría la elaboración de una DIA, pues hasta ahora nunca ha sido utilizada para sísmica en el Perú.

ENTONCES, ¿CONVIENE HACER EL CAMBIO?

“La sísmica, como tecnología, puede ser tan controlada, tan calibrada, que el efecto será nulo”, opina la ingeniera geológica Silvia Rosas. “Con una DIA sería suficiente en el mar, en zonas áridas e, incluso, en ciertas zonas de la selva que no son reservas declaradas”, agrega. Descarta, además, que la sísmica cause la muerte de peces o inhabilite el suelo para la agricultura. “Si así fuera, todos los suelos estarían inhabilitados y los peces muertos por los terremotos”, dice.
Pero como toda actividad humana, la sísmica tiene impactos sociales y ambientales. En el caso de la selva, para colocar las cargas de dinamita y los geófonos se deben abrir trochas entre la vegetación; en zonas muy cercanas a áreas pobladas, podría haber riesgo de rajadura de viviendas frágiles; y en el mar, se cree que las ondas podrían interferir con el apareamiento de los cetáceos del lugar. Más allá de estas consecuencias previsibles, evitables y subsanables, los riesgos más importantes, como señala Vanessa Cueto, especialista en inversiones de la ONG Derecho, Ambiente y Recursos Humanos (DAR), están en los proyectos de hidrocarburos que se superponen a las zonas de amortiguamiento de las reservas naturales o al territorio de los pueblos no contactados.
El borrador del nuevo reglamento para hidrocarburos incorpora la DIA para sísmica en el mar, la costa, la sierra y la selva, excepto cuando se trata de Áreas Naturales Protegidas y cuando hay que construir nuevos acceso a la zona, en cuyo caso corresponde un EIA-sd. Además, en la selva se hace una excepción adicional a la DIA: cuando se trata de áreas no disturbadas, es decir, no intervenidas previamente por el hombre, también se requiere un EIA-sd. Sin embargo, no se habla de las zonas de riesgo planteadas por Cueto.

SE DEBE VOLVER A PUBLICAR EL PROYECTO DEL REGLAMENTO DE PROTECCIÓN AMBIENTAL

Regresemos al punto de partida. Si debe aplicarse el criterio de relevancia ambiental y su aplicación se sustenta en un estudio técnico, entonces el gran problema es la legitimidad de este estudio. Por eso, la misma SPH ha pedido al gobierno que vuelva a pre publicar el borrador del nuevo reglamento que norma las actividades de hidrocarburos. “No le hace bien a un reglamento que exista un rumor de que hay ‘lobbies’ de por medio, se perturba el instrumento claro de aplicación para todos”, dice Galup.
Todas las fuentes consultadas para este artículo dijeron estar de acuerdo con este último punto: que la elaboración del reglamento y su sustento debían hacerse de manera transparente y abierta a colaboración. Por eso, no basta con desnudar el problema. Luego, es necesario volver a vestirlo para observar toda su dimensión. Pero con la seguridad de haber entendido su verdadera naturaleza.

 
“Defender el Agua es Defender la Vida”